martes, 15 de marzo de 2011

CATASTRO MARQUÉS DE LA ENSENADA ( I )


RESPUESTAS GENERALES
DE LA VILLA DE OLIVARES

En la villa de Olivares, a veintitrés días del mes de enero de mil setecientos cincuenta y dos, el señor licenciado don Pedro Joaquín Martínez de Toledo, abogado de los Reales Consejos, juez subdelegado para la Real Junta de única contribución, habiendo puesto en ejecución lo que se demanda por el capítulo cuarto de la Real Instrucción, y por consiguiente, manifestándole a don Sebastián de la Blanca, cura de la única parroquial iglesia de dicha villa, con la mayor urbanidad concurriere en este día a la habitación de su majestad, para con su Personal Asistencia dar principio a las diligencias que por dicha Real Instrucción se ordenan y previniendo así mismo al gobernador, alcaldes ordinarios de la Santa Hermandad, regidores y demás personas que componen su ayuntamiento y igualmente ejecuten, conduciendo, conmigo los dos, tres o más sujetos que contemplasen de la mayor opinión e inteligencia, tanto en las calidades camdas de tierra, sus frutos, y cultura, como del número de personas, sus artes, comercios, granjerías, utilidades de cada uno, para que con el diverso que su merced protestó nombrar, y traer del pueblo más inmediato y otro de esta misma villa.

Declaren todos juntos sobre y en razón de cuanto se les fuere preguntando, de todo lo cual yo el presente escribano del número de la ciudad de Cuenca y notario de Reinos doy fe: teniendo presente a Bartolomé de Buendía, gobernador, a Francisco Domínguez y Julián Saiz Abad, alcaldes ordinarios, el primero en depósito por el estado noble, y el segundo por el general; a Sebastián García y Manuel de Arcas, alcaldes de la Santa Hermandad, a el primero por el estado general y al segundo por el noble; en depósito a Juan Francisco Peñalver y Julián Pinar, regidores, éste por el general y aquel por el noble; en depósito a Simón Gómez, procurador, síndico general a Marcos Bermejo, alguacil Pablo Gómez, de hecho por ausencia del propietario, que lo es Real a Juan Alonso Buendía, José Belinchón, Francisco Valera, Isidro Belinchón, Bernardo Domínguez, F. de la Ossa, Juan Martínez Moya. Personas electas por el mencionado gobernador, alcaldes, regidores, a José Martínez y Antonio Valera, nombrados por dicho señor juez; por prácticos e inteligentes este vecino labrador de la villa de Cervera, y aquel labrador de esta villa de Olivare, como todos los demás que le anteceden, según dijeron en presencia del referido párroco, y de mi el escribano, que de ello doy fe, recibo de todos los asrriba expresados juramento, y a cada uno separadamente.

Y habiendo hecho por Dios Nuestro Señor y a una señal de la Cruz, según forma de derecho y prometido bajo de el decir verdad en cuanto supieren y alcanzasen sobre cuanto se les preguntase, siendo en la presencia del citado párroco, por el interrogatorio impreso que va por cabeza de esta declaración, y por cada una de sus preguntas, convinieron y uniformemente respondieron lo siguiente:


(Continúa)

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